A partir del 12/3/21 aumentará los montos de este impuesto, para la nafta y el gasoil.
Establece que el incremento en los montos de impuesto que resulte de la actualización del cuarto trimestre calendario del año 2020, en los términos del art. 7 del Anexo del Decreto 501/18, surtirá efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil desde el 12 de marzo de 2021, inclusive.
Acceda al Decreto 35/21 haciendo click aquí.
Fuente: SAIJ
ART: Cobertura por Coronavirus
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