Es el fallo “Podestá, Carlos Rubén c/Empresa General Urquiza S.R.L. s/Despido” del 9/04/2013.
Admite el reclamo por daño moral deducido por un trabajador que fue despedido injustificadamente bajo la causal de pérdida de confianza. Señala que el empleador ha causado un perjuicio distinto del originado normalmente en esas condiciones, ya que ha imputado al dependiente la desaparición de dos teléfonos celulares que transportaba en una encomienda, lo cual implicó la insinuación de la comisión de un delito y, en definitiva, un daño no resarcido mediante la tarifa legal.
Fallo completo | Podestá, Carlos Rubén c/Empresa General Urquiza S.R.L. s/Despido
Fuente: Infojus
Mayo de 2013 –Inflación–
Se homologaron dos nuevos Convenios