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AFIP | 2/9/10

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Medios de comunicación: acuerdo para cancelar deudas
 
El Poder Ejecutivo fijó pautas de utilización del régimen de dación en pago de espacios publicitarios para la cancelación total de deudas fiscales y previsionales vencidas al 31/12/08.
 

» Por Dra. Marcela López
» Directora de Contenidos de IPS.
 
 

La Res. Conj. JGM / AFIP 132/10 y 2807/10 había fijado un procedimiento de adhesión a un régimen de cancelación de deudas fiscales y previsionales para los titulares de medios de comunicación.

Mediante este procedimiento, los titulares de los medios de comunicación pueden cancelar el total de sus deudas fiscales y previsionales, correspondientes a obligaciones vencidas al día 31 de diciembre de 2008, mediante la dación en pago de espacios publicitarios en la programación de las emisoras o en sus publicaciones.

La adhesión debe formalizarse hasta el 31 de diciembre de 2010.

La AFIP debe informar a la Secretaría de Medios de Comunicación el detalle de las deudas de los contribuyentes comprendidos en el procedimiento y ésta deberá aprobar el valor de los espacios publicitarios cedidos.

La Decisión Administrativa 617/10, publicada en el boletín oficial de hoy, establece el procedimiento a aplicar cuando las necesidades de comunicación institucional y de difusión de los actos de gobierno que se canalicen por intermedio de la Agencia TELAM S.E. impliquen contratar espacios de publicidad en aquellos medios de comunicación que hayan adherido al régimen de dación en pago.

 
 


 

 

 
   

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