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Aunque la ley argentina permite que una persona que tiene
hijos disponga libremente del 20% de su patrimonio, son pocos
los que escriben un testamento, o adoptan otro instrumento
para colocar a un hijo en mejor posición con relación
a los otros.
Es que, para nuestra cultura, la igualdad entre los hijos
es un valor en sí mismo. Deben ocurrir cosas muy significativas
(como una pelea profunda e irreversible, o una situación
de necesidad en la vida por ejemplo, por una discapacidad)
para que un padre decida beneficiar a alguno de sus hijos
en detrimento de los otros.
En algunos casos, esta búsqueda de la igualdad termina
resultando inequitativa. Esto es: lo que formalmente, y matemáticamente
es igual, no resulta armonioso y justo si tomamos en cuenta
otros factores como el esfuerzo de cada hijo, su aporte a
una causa común, su mayor cercanía a los padres,
etcétera.
En el caso de las empresas, resulta habitual que alguno de
los hijos se incorpore cuando es muy joven, y que permanezca
trabajando, y aportando valor durante muchos años.
Quizás ese aporte reciba una recompensa en dinero
que sea equivalente a la que podría haber recibido
trabajando como empleado en una empresa que no fuera de la
familia. Sin embargo, el plus que implica la confianza,
en muchos casos la incondicionalidad, la flexibilidad y la
falta de límites en los horarios de algunos hijos,
no puede reconocerse exclusivamente con un sueldo, porque
ese aporte especial se traduce en un mayor éxito de
la empresa, que, en muchos casos, no es justo que sea aprovechado
por los hermanos que no se desempeñan en la empresa.
Obviamente, también se da el caso contrario: el del
hijo que toma a la empresa de la familia como una especie
de empleo público, que le permite llegar a cualquier
hora, trabajar apenas un rato, no comprometerse con nada,
y no crecer, sabiendo que goza de la suficiente impunidad
para no ser echado.
Pero esos casos, que también son muchos, serán
materia de otro artículo. Hoy nos concentraremos en
los casos en los que lo injusto es que la expectativa hereditaria
de todos los hijos sea igualitaria, cuando el esfuerzo de
algunos no ha sido reconocido de ninguna manera.
Mientras los padres vivan, están en condiciones de
hacer justicia, y reconocer los esfuerzos especiales de algunos
de sus hijos.
Por un lado, quizás sea posible que reciban una porción
del valor total de la empresa (por ejemplo, acciones en el
caso de una sociedad anónima) como premio a su trayectoria,
y no como donación de los padres, sino como reconocimiento
empresarial.
Por otro lado, es posible que reciban una donación,
o un legado mediante testamento, para lo cual los padres pueden
utilizar el quinto del patrimonio, que es lo que prevé
la ley como la parte libremente disponible.
Tomar la decisión de hacerlo no significa demostrar
más cariño por un hijo que por otros, sino que,
en los casos en que estas ideas son aplicables, puede ser
la última oportunidad que tienen los padres de hacer
justicia, con relación al esfuerzo particular de alguno
de sus hijos.
Si la decisión de recompensar a algún hijo
se comunica adecuadamente a todos, es posible conservar la
armonía familiar, estableciendo un criterio de reconocimiento
al esfuerzo, sin que se confunda con una diferencia indeseable
en el campo del amor.
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