Mediante
la publicación en el Boletín Oficial del Dto.
330/10 se incrementa el valor mínimo para el cálculo
de los aportes y contribuciones de obra social previstos en
el Régimen Nacional de Obras Sociales, para trabajadores
a tiempo completo.
»
Por
Dra. Alejandra Rojas
» del área Redacción
Se tomara como base el equivalente a dos bases
mínimas previstas por el art. 7 de la Res. ANSeS 135/09
o la que la reemplace en el futuro.
Los valores actualizados de acuerdo con el art. 3 de la norma
son los siguientes:
Grupo edad
Valor asignado
Edad
Masculino
Femenino
0 a 14
36
36
15 a 49
57
67
50 a 64
67
67
65 en adelante
148
148
El mencionado decreto se aplica para el cálculo de
aportes y contribuciones y distribución automática
correspondiente a enero del corriente año y en adelante.