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Los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los
bienes personales para establecer el valor mínimo de
los automotores alcanzados por el gravamen, podrán
a partir de hoy consultar la Res. Gral. A.F.I.P. 2.775/10,
para la liquidación correspondiente al año fiscal
2009.
También se detallan las cotizaciones al 31/12/09 de
las monedas extranjeras y de las acciones y demás títulos
valores, así como los correspondientes a las cuotas
parte de los fondos comunes de inversión.
Los detalles del formato de catastro correspondientes a las
distintas jurisdicciones del país y las denominaciones
de las entidades financieras con sus respectivas Claves Unicas
de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
Recordamos que la Res. Gral. A.F.I.P. 2.770/10 presenta el
nuevo software para la próxima presentación
anual de Ganancias-Personas Físicas y Bienes Personales,
cuya vigencia es a partir del 19 del corriente.
En el caso de Sociedades a través de la Res. Gral.
A.F.I.P. 2.768/10 a partir del 12/4 deberán utilizar
el aplicativo Ganancia Mínima Presunta V. 8.0
para las declaraciones juradas originales o rectificativas.
Consulte las normas: Res.
Grales. A.F.I.P. 2.775/10, 2.770/10
y 2.768/10.
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